Nota informativa

Diciembre 2019
RECORDATORIO:
PAGO FRACCIONADO DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (MODELO 202), o
PAGO FRACCIONADO DEL RÉGIMEN DE CONSOLIDACIÓN FISCAL (MODELO 222)
 
Les recordamos que el próximo 20 de diciembre de 2019 finaliza el plazo para presentar el Pago Fraccionado del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (Modelo 202) y el Pago Fraccionado del Régimen de Consolidación Fiscal (Modelo 222) correspondientes al tercer periodo de 2019.

MODELO 202
¿Quién debe presentar este Modelo?
  • Las entidades que no hayan alcanzado la cifra de negocio de 6.000.000,00 de euros anuales, durante los últimos 12 meses anteriores al cierre del ejercicio fiscal, deberán presentar el Modelo 202, únicamente en el caso en que de este Modelo resulte un importe a ingresar en cualquiera de las dos modalidades.
  • La presentación es obligatoria para aquellas entidades en las cuales su volumen de operaciones de los últimos doce meses anteriores al cierre del último ejercicio social, haya superado la cantidad de 6.000.000,00 de euros, independientemente de si han obtenido beneficios, o no, dentro del período correspondiente a los once primeros meses del año, si la fecha de inicio del ejercicio fiscal se corresponde con el año natural. Cuando el ejercicio fiscal no coincida con el año natural, se calculará sobre los días transcurridos desde la fecha de inicio del ejercicio fiscal hasta el 30 de noviembre.
  • En el caso de sociedades con volumen de operaciones que superen los 10 millones o más de euros, estas deberán pagar, como mínimo, el 23% del resultado positivo de la cuenta de pérdidas y ganancias del periodo, que corresponde a los once primeros meses del año, si la fecha de inicio del ejercicio fiscal se corresponde con el año natural. Cuando el ejercicio fiscal no coincida con el año natural, se calculará sobre los días transcurridos desde lafecha de inicio del ejercicio fiscal hasta el 30 de noviembre.
 
MODELO 222
¿Quién debe presentar este Modelo?
  • La presentación es obligatoria para efectuar los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades para los grupos fiscales, incluidas las cooperativas, que tributan por el régimen fiscal establecido en el Capítulo VI del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, con los mismos requisitos expuestos en el Modelo 202.
Estamos a su disposición para cualquier duda que tengan al respecto al teléfono 93.877.24.13.
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