Les informamos que, en el Consejo de Ministros celebrado el día 2 de diciembre de 2025, se ha aprobado el Real Decreto-ley 15/2025, mediante el cual se modifica la fecha de entrada en vigor del Reglamento 1007/2023, relativo a los Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación, también conocido como VERIFACTU.
En relación con los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades obligados a la adaptación a los nuevos formatos de facturación, la nueva fecha de entrada en vigor se establece el 1 de enero de 2027.
Para el resto de contribuyentes obligados, la entrada en vigor se fija el 1 de julio de 2027.
No obstante, el Real Decreto-ley aprobado queda pendiente de convalidación en sede parlamentaria en las próximas semanas.
Debe tenerse en cuenta que existen diversos aspectos colaterales que la modificación normativa no ha previsto:
- Si el contribuyente ya se ha adaptado de forma voluntaria al VERIFACTU y su software ya está remitiendo los registros de facturación a la plataforma de la AEAT, quedará obligado a continuar enviando las facturas a la plataforma VERIFACTU.
- El contribuyente podrá optar por la renuncia voluntaria al VERIFACTU para el ejercicio 2026, siempre que lo comunique antes del 31 de diciembre de 2025, a través de su propio software de facturación, indicando que la fecha final de remisión de las facturas se establece en el 31-12-2025.
En caso de no ejercer dicha renuncia dentro del plazo establecido, el contribuyente permanecerá obligado a remitir las facturas al VERIFACTU durante todo el ejercicio 2026. - Si el contribuyente ya ha adaptado los sistemas informáticos de facturación, con independencia de que las facturas se remitan o no a la plataforma VERIFACTU, será necesario comprobar que los registros de IVA y los asientos contables se realizan conforme a la fecha de operación de las facturas.
Para cualquier duda o consulta, no duden en ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 93 877 24 13.
