Os informamos que la Generalitat de Cataluña ha aprobado, mediante el decreto Ley 6/2025, de 25 de marzo, varias medidas en materia del impuesto sobre las estancias turísticas, de las cuales el más relevante son los siguientes cambios de tarifas que entrarán en vigor el próximo 1 de mayo de 2025.
Tipo de establecimiento (Barcelona ciudad) | Tarifa general (desde el 01.05.2025) | Recargo del Ayuntamiento de Barcelona (desde el 01.10.2024) | Tarifa total (por persona y día o fracción) |
Hotel de 5 estrellas, gran lujo, camping de lujo y establecimiento o equipación de categoría equivalente (EB1) | 7,00 € | 4,00 € | 11,00 € |
Hotel de 4 estrellas, y 4 estrellas superior, y establecimiento o equipación de categoría equivalente (EB2) | 3,40 € | 4,00 € | 7,40 € |
Vivienda de uso turístico (EB4) | 4,50 € | 4,00 € | 8,50 € |
Resto de establecimientos y equipaciones (EB3) | 2,00 € | 4,00 € | 6,00 € |
Embarcación de crucero: | |||
– Más de 12 horas (CR1) | 4,00 € | 4,00 € | 8,00 € |
– 12 horas o menos (CR2) | 6,00 € | 4,00 € | 10,00 € |
Tarifa general. Resto de Cataluña (por persona y día o fracción) | Tarifes desde 01.05.2025 |
Hotel de 5 estrelles, gran lujo, camping de lujo y establecimiento o equipación de categoría equivalente (EB1) | 6,00 € |
Hotel de 4 estrelles y 4 estrellas superior, y establecimiento o equipación de categoría equivalente (EB2) | 2,40 € |
Vivienda de uso turístico (EB4) | 2,00 € |
Resto de establecimientos y equipaciones (EB3) | 1,20 € |
Embarcación de crucero: | |
– Más de 12 horas (CR1) | 4,00 € |
– 12 horas o menos (CR2) | 6,00 € |
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