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CGAE 21.12.16

21 / 12 / 2016 | GM en los medios

El reconocimiento de la condición de utilidad pública de una entidad sin ánimo de lucro

 

Por Francesc Costa, abogado y socio de Gros Monserrat Abogados

I.- Introducción:

El reconocimiento de la condición de utilidad pública de una entidad sin ánimo de lucro, es uno de los principales puntos a tener en cuenta en el asesoramiento jurídico a este tipo de organizaciones.

En este campo, ha habido importantes pronunciamientos de declaración de utilidad pública de asociaciones sin ánimo de lucro, en base al giro jurisprudencial que se obtuvo en el año 2011 con la sentencia de declaración de utilidad pública del “Club Natació Manresa” (sentencia del Tribunal Supremo de fecha 22 de noviembre de 2011).

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