Pautas a tener en cuenta si me hacen una Inspección de Trabajo
Corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) velar por que, tanto trabajadores como empresarios, cumplan con las normas que integran el orden social, ya sean laborales, de seguridad social, de prevención de riesgos laborales, o de extranjería.
Las actuaciones inspectoras se inician por tres vías:
1.-Mediante visita aleatoria del inspector al centro de prestación de servicios.
2.- Por denuncia expresa de los trabajadores, de sus representantes legales en la empresa, o de terceros, siendo obligatorio en cualquier caso que el denunciante se identifique. Las denuncias anónimas son archivadas y no se atienden.
3.- De oficio por parte de la propia ITSS o por cualquier otra Administración Pública.