A partir del año 2022, entra en vigor en el Reglamento (UE) 2019/2152 del Parlamento Europeo y del Consejo, el cual regula estadísticas empresariales entre las que se incluyen las relativas al comercio internacional de bienes dentro de la Unión Europea.
En cumplimiento de esta disposición, se producen cambios en las declaraciones Intrastat de exportación en los períodos a partir de 2022, dado que, de ahora en adelante, se debe incluir la información que se estaba declarando hasta el momento y, adicionalmente, incluir la siguiente información:
- Número de identificación asignado al operador asociado del Estado miembro de importación.
- País de origen de la mercancía.
¿Quién debe presentar la Declaración Intrastat?
Estará obligado a presentar la Declaración Intrastat (que tiene una periodicidad mensual) cuando se cumplan las siguientes condiciones:
- Ser sujeto pasivo del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
- Haber realizado operaciones desde el territorio peninsular e Islas Baleares, que den lugar a un movimiento físico de mercancías (exportación o importación) con otro Estado miembro de la Unión Europea (UE) o Irlanda del Norte.
- El valor de sus operaciones haya alcanzado el umbral de exención (400.000 €).
En consecuencia, deberá presentarse una declaración de:
EXPORTACIÓN: cuando haya realizado operaciones que supongan una salida de mercancías que se destinen a otros Estados miembros de la UE o Irlanda del Norte y que, en su conjunto, alcancen un valor de 400.000 € en el año natural anterior o, si no hubieran alcanzado dicho valor, cuando desde el inicio del año en curso lo alcancen.
IMPORTACIÓN: cuando haya realizado operaciones que supongan la entrada de mercancías procedentes de otros Estados miembros de la UE o de Irlanda del Norte y en su conjunto hayan alcanzado el valor de 400.000 € en el año natural anterior o, en el caso que no hubieran alcanzado dicho valor, cuando desde el inicio del año en curso lo alcancen.
En caso de estar obligado a presentar la declaración Intrastat y, no realizar operaciones en un mes determinado, se deberá presentar una declaración sin operaciones.
Para cualquier duda o consulta que tengan, pueden ponerse en contacto con nosotros al teléfono 93 877 24 13.