Les informamos que se han publicado en el BOE las siguientes medidas que afectan al Salario mínimo interprofesional para 2021.
En fecha 29.09.2021 se ha publicado el Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2021. Este salario mínimo, se aplica para cualquier actividad de agricultura, industria y servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores y se fija en:
- SMI diario: 32,17 euros.
- SMI mensual: 965,00 euros.
- SMI anual a efectos de compensación y absorción: 13.510,00 €
- SMI jornada legal en actividad (eventuales y temporeros): 45,70 €
- SMI hora de trabajadores del hogar: 7,55 €
En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, conllevar una minoración de la cantidad íntegra dineraria.
Los efectos de este nuevo SMI afectan al periodo comprendido entre 1 de septiembre y 31 de diciembre de 2021, procediendo en consecuencia, al abono del nuevo salario mínimo interprofesional establecido con efectos 1 de septiembre de 2021.
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