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Plazos de presentación de obligaciones tributarias y otras solicitudes durante el mes de noviembre

8 / 11 / 2022 | Actualidad

Les recordamos el periodo voluntario de las declaraciones tributarias correspondientes al mes de noviembre. Así mismo, se describen otros trámites y solicitudes que abren y finalizan plazo este mes de noviembre.

MODELO 232

El próximo 30 de noviembre de 2022 finaliza el plazo de presentación del Modelo 232 correspondiente al 2022 por aquellas entidades en las cuales el ejercicio social coincide con el año natural. A través de este modelo se informa de las Operaciones Vinculadas y de las Situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.

Para las entidades cuyo período impositivo no coincida con el año natural tendrán hasta el mes siguiente a los diez meses posteriores al fin del período impositivo.

Tendrán que presentar el Modelo 232 los siguientes sujetos pasivos, que cumplan con los límites y condiciones detallados en el cuadro:

  • Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • Contribuyentes del Impuesto sobre el Impuesto de la Renda de No residentes que actúen mediante establecimiento permanente.
  • Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas al extranjero con presencia en territorio español y que realicen operaciones con personas o entidades vinculadas.
Conjunto de operaciones realizadas en el período impositivo (con independencia del importe de operaciones por entidad vinculada)Obligado
Si el conjunto de operaciones del mismo tipo y método de valoración > 50% de la cifra de negocio de la entidad
≤ 100.000 € en operaciones específicas del mismo tipoNo
> 100.000 € en operaciones específicas del mismo tipo
Operaciones realizadas en el período impositivo con la misma persona o entidadObligado
≤ 250.000 € de operaciones por entidad vinculada (no operaciones específicas)No
> 250.000 € de operaciones por entidad vinculada (no operaciones específicas)
Las operaciones específicas son: Operaciones con personas físicas que tributan en estimación objetiva en las cuales la participación individual, o conjuntamente con sus familiares, sea superior o igual al 25% del capital o de los fondos propios.Transmisión de negocios, valores o participaciones en los fondos propios de entidades no admitidos a negociación o admitidos en paraísos fiscales.Transmisión de inmuebles y operaciones sobre intangibles.
Las siguientes operaciones quedan excluidas de la obligación de presentar el Modelo 232: Grupo fiscal (independientemente del volumen de operaciones).Agrupaciones de Interés Económico (AIES).Uniones Temporales de Empresas (UTE), excepto las UTE’s u otras formas análogas de colaboración que se acuadrillen a la exención de las rentas obtenidas al extranjero a través del establecimiento permanente.Operaciones realizadas en el ámbito de ofertas públicas de venta o de ofertas públicas de adquisición de valores.

MODELO 583

Se abre el plazo para presentar el Modelo 583, del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. El pago, se efectuará por los obligados tributarios en los siguientes plazos:

  • El periodo de presentación del 3T de 2022 es hasta el 21 de noviembre. En este pago fraccionado se declara el valor de la energía producida del 01/01/2022 al 30/09/2022.
  • El plazo de presentación de la autoliquidación del año 2021 finaliza el 30 de noviembre.

MODELO 587

Con carácter excepcional las empresas o personas podrán presentar hasta el 30 de noviembre la autoliquidación de las existencias de gases fluorados, del modelo 587.

Baja/inscripción voluntaria del REDEME

El Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME) es un régimen especial en el que el IVA se devuelve mensualmente, en lugar de anualmente.

Durante el mes de noviembre se podrán presentar las solicitudes de baja o inscripción voluntaria en el registro REDEME con efectos del año 2023. En caso de causar baja, no se podrá volver a solicitar la inscripción en el registro REDEME para el mismo año natural el cual se hubiera solicitado la baja.

Solicitud de la inclusión en el régimen de diferimiento del IVA a la Importación

Se abre el plazo para la solicitud del IVA diferido a la importación, inicia el día 1 de noviembre hasta el 30 mismo mes. Será aplicable a las importaciones realizas a partir del inicio del año siguiente. Con la inclusión a este régimen se difiere el pago del IVA de aduanas hasta el momento de la presentación de la liquidación mensual del IVA.

Su solicitud se deberá realizar a través del modelo 036, presentado en la Declaración Censal.

Suministro Inmediato de Información para el ejercicio 2023

El Suministro Inmediato de Información (SII) es un sistemapara la gestión electrónica de los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Es de carácter obligatorio para aquellas entidades que actualmente tienen obligación de autoliquidar el IVA de forma mensual: Inscritos en el REDEME, Grandes Empresas (facturación superior a 6 millones de euros) y Grupos de IVA. El SII también es aplicable a los sujetos pasivos que, voluntariamente, decidan acogerse al mismo.

Para optar o renunciar al SII los sujetos o empresas deberán indicarlo a partir de la presentación del modelo 036 en el mes de noviembre anterior al año en el que vaya a surtir efecto o en el momento de presentar la declaración censal de inicio de actividad.

Para cualquier duda o consulta, no duden en ponerse en contacto con Gros Monserrat ETL Global al teléfono 93 877 24 13 o a través del correo electrónico: assessors@grosmonserrat.com

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