La Ley 3/2023 de 28 de febrero, de Empleo, regula la nueva Agencia Española de Empleo, hasta ahora SEPE, así como derechos, deberes y obligaciones tanto de las personas demandantes de empleo, como de los sistemas de empleo y las agencias de colocación.
Entre las medidas introducidas por la nueva Ley de Empleo, destacamos las siguientes:
- Inembargabilidad del salario mínimo interprofesional. La ley modifica el art. 27.2 del Estatuto de los Trabajadores, e incorpora un criterio jurisprudencial “el límite de inembargabilidad estará determinado por el importe del salario mínimo interprofesional en cómputo anual prorrateado entre doce meses”.
- Colaboración entre agencias públicas y privadas de colocación, con especial atención a los colectivos de atención prioritaria, como desempleados de larga duración, de más de 45 años, con limitaciones físicas o psíquicas, entre otras.
- Se crea la Agencia Española de Empleo, en sustitución del SEPE. El foco de atención no será sólo en los demandantes de trabajo, sino también en los trabajadores en activo que quieran mejorar su posición laboral. Dentro de la misma se constituirá la Oficina de Análisis del Empleo, a fin de revisar e investigar las políticas aplicadas.
- Derecho a no ser discriminado por razón de lengua dentro del Estado español por parte de los servicios público, incluso los servicios de empleo de los ayuntamientos, empresas públicas o privadas de colocación.
- Informe de la Inspección de Trabajo en el despido colectivo. Debe pronunciarse sobre las causas específicas que alegue la empresa para justificar el mismo. La empresa debe aportar la documentación necesaria a la Autoridad Laboral.