En marzo de 2022 se instauró el Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania con el principal objetivo de contener los precios de la energía y apoyar a los sectores más afectado. No obstante todo esto, y probado su eficacia, el Gobierno ha decidido aprobar un Real-Decreto para seguir adoptando medidas para evitar que se produzca un efecto rebote de la inflación, a la vez que pretende proteger a los colectivos más afectados y vulnerables.
Entre las distintas medidas adoptadas, destacamos:
Medidas sobre las entregas, importaciones y adquisiciones
En las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural, briquetas y «pellets» procedentes de la biomasa y a la madera para leña se aplicará el tipo del 5% del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), con efectos desde el 1 de enero de 2023 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.
A parte, se prorroga hasta en 31 de diciembre de 2023 la aplicación del tipo impositivo de 0,5% para el Impuesto Especial sobre la Electricidad.
Medidas para el material y vacunas COVID
Se prorroga la aplicación del tipo impositivo de 0% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados bienes y prestaciones de servicios necesarios para combatir los efectos del SARS-CoV-2.
Asimismo, la aplicación del tipo impositivo del 4% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables se prorroga hasta el 30 de junio de 2023.
Medidas para reducir los precios de los alimentos
En el sector alimentario, se reduce hasta el 30 de junio de 2023 el tipo impositivo sobre el IVA del aceite y las pastas pasando del 10% al 5%, siendo el tipo del recargo de equivalencia aplicable del 0,625%. En el caso de que la tasa interanual de la inflación del mes de marzo sea inferior al 5,5%, el tipo impositivo aplicable aumentará hasta el 10% a partir del 1 de mayo de 2023. Entonces, en este escenario el tipo del recargo de equivalencia aplicable será del 1,4%.
Asimismo, se aminora también hasta el 30 de junio de 2023 el tipo impositivo del IVA que recae sobre los productos básicos de alimentación del 4% al 0%: pan común, harinas, leche de especie animal, y las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales con condición de producto natural. Para estas operaciones el tipo del recargo de equivalencia aplicable será del 0%. No obstante, en el caso de que la tasa interanual de la inflación del mes de marzo sea inferior al 5,5 %, el tipo impositivo aplicable será el 4% a partir del 1 de mayo de 2023, por lo que el tipo del recargo de equivalencia aplicable aumentaría al 0,5%.
Estas medidas permitirán reducir el precio de alimentos básicos y de primera necesidad.
Medidas energéticas para la protección de los más afectados
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 la aplicación del 5% sobre el IVA a las entregas importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica efectuadas a favor de: Titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada sea inferior o igual a 10 kW, cuando el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 €/MWh y a los titulares de contratos de suministro de electricidad que sean perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
Al mismo tiempo, se prevé el mantenimiento de las principales medidas para proteger a las familias y colectivos vulnerables y garantizar el acceso a los suministros básicos.
Para cualquier duda o consulta, no duden en ponerse en contacto con Gros Monserrat ETL Global al teléfono 93 877 24 13.